MINISTERIO DE FOMENTO DE ESPAÑA
1.Corresponde al Ministerio de Fomento la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de infraestructuras y de transporte terrestre, aéreo y marítimo de competencia estatal, y el control, la ordenación y la regulación administrativa de los servicios de transporte correspondientes; la ordenación y superior dirección de todos los servicios postales y telegráficos; el impulso y dirección de los servicios estatales relativos a astronomía, geodesia, geofísica y cartografía, y la planificación y programación de las inversiones relativas a las infraestructuras y los servicios mencionados.
El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos directamente dependientes del Titular del Ministerio:
- La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, de la que depende la Secretaría General de Infraestructuras.
- La Secretaría de Estado de Transportes, de la que depende la Secretaría General de Transportes.
- La Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación.
- La Subsecretaría de Fomento.
Como órgano de apoyo político y técnico del Titular del Ministerio de Fomento existe un Gabinete, cuyo titular tiene el rango de director general, con la estructura que se establece en el artículo 18 del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril.